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Las Indulgencias

(Por: Fernando Rincón)

El motivo de éste artículo es el amor a Dios. 
El objetivo es recordar y/o resaltar de que otras formas lograr el cielo, evitando al máximo el purgatorio. Esto es un granito de los tantos tesoros que nuestro Señor nos ha dado a través de nuestra Santa Iglesia Católica. 

Éste artículo lo escribo basado en diferentes sitios Católicos disponibles en internet, incluyendo diferentes numerales de Código de Derecho Canónico. 

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Cuando cometemos un pecado cualquiera, grande o muy pequeñito ( que es a diario y varias veces ) nos hacemos cargo de dos cosas: 

La culpa y la pena de cada uno de esos pecados. 

La culpa es la responsabilidad o carga en el alma de lo que hemos hecho, por ejemplo, si has robado, que es pecado, un objeto valioso eres portador de esa culpa. 


La pena es el daño causado por el robo hecho. El daño directo y TODOS los daños derivados por ese pecado. Daños que pueden llegar a ser muchos y muy serios y nosotros no lo sabemos, ni mucho menos podemos imaginarlos. 

En otro ejemplo imaginemos una intervención quirúrgica: un trasplante de corazón, por ejemplo. El nuevo corazón salva la vida del paciente. Se ve así liberado el enfermo de una muerte segura. Pero, cuando ya la operación ha concluido exitosamente, e incluso cuando está ya fuera de peligro, subsiste la necesidad de una total recuperación. Es preciso sanar las heridas que el mal funcionamiento del corazón anterior y la misma intervención han causado en el organismo. Pues de igual modo, el pecador que ha sido perdonado de sus culpas, aunque está salvado, es decir, liberado de la condena eterna merecida por sus pecados, tiene aún que restablecerse por completo, sanando las consecuencias del pecado; es decir, purificando las penas temporales merecidas por él. 

Si se acude al sacramento de la confesión con arrepentimiento profundo y verdadero se perdona el pecado y por tanto la culpa completamente, pero queda la pena, el daño o los daños que has causado. En justicia hay que reparar el daño hecho completamente. 

Se repara aquí en vida o en el purgatorio. 

San Agustín cuenta que su madre Mónica, lo único que les pidió al morir fue “ofrecer oraciones por su alma”, pues como dice el mismo santo, “Una flor sobre su tumba se marchita, una lágrima sobre su recuerdo se evapora. Una oración por su alma, la recibe Dios”. 

La enseñanza de la iglesia es muy clara cuando nos dice que los que mueren en estado de gracia con Dios pero “no perfectamente purificados, sufren, después de su muerte una purificación, para obtener la completa hermosura de su alma” (C.1030). Es posible que Dios haya perdonado sus culpas, sus pecados, pero les queda la pena temporal merecida por la culpa. 

Con la confesión uno es absuelto del pecado y su correspondiente culpa y podemos estar unidos nuevamente a Dios. Pero debemos reparar por nosotros mismos, por los demas y por las animas del purgatorio.
Reparamos con dolores o sufrimientos ofrecidos como reparación, penitencias ofrecidas como el ayuno o la oración ofrecidas en reparación, ofrecer los oficios domesticos o trabajos con humildad y cumplimiento, etc pero siempre decirlo o pensarlo que es en reparación.


Pero además de todas estas formas de reparar, por la gran Misericordia de Dios, existen las indulgencias plenarias y las parciales. 

El Código de derecho canónico (c. 992) y el Catecismo de la Iglesia católica (n. 1471), definen así la indulgencia: 

    “La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados ( en cuanto a la culpa ) que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos”.

Es decir, con la indulgencia plenaria se borran todas las penas que uno puede tener acumuladas y el alma queda como cuando eras un bebe recien bautizado. En pocas palabras, si mueres despues de ofrecer correctamente una indulgencia plenaria en reparacion de tus propias penas, entrarias derechito al cielo. Si por ejemplo mueres cuatro horas mas tarde de haber ofrecido la indulgencia plenaria, solo te tocaria el purgatorio por los pecados cometidos en esas  cuatro horas.  

Las indulgencias solo pueden ser aplicadas para uno mismo o por las almas del purgatorio. 
 

¿Cómo puedo alcanzar la indulgencia plenaria? 

Unas indulgencias se aplican sólo para momentos específicos:
Como sucedió en el año de la fe (donde se podía visitar una Basílica Papal, visitar un baptisterio entre otras) o el año de jubilar de la misericordia (donde al realizar obras de piedad, misericordia o penitencia se concede la indulgencia plenaria). 
 

Otras indulgencias en cualquier momento: 

Media hora de adoración frente al Santísimo. 

Rezar el Vía Crucis. 

Rezar el rosario en familia o en comunidad. 

Leer la Biblia durante media hora y/o meditarla etc. 
 

Sea cual sea la forma en que se obtiene la indulgencia plenaria se necesita los siguientes requisitos: 

1- Realizar la acción (si así lo exige) que la Iglesia premia con esta indulgencia. 

- Estar en gracia de Dios antes de acabar la obra premiada. 

- Tener intención, al menos general, de ganar la indulgencia. 

2.- Tener la disposición interior de un desapego total del pecado, incluso venial. 

3.- Confesarse, al menos quince días antes o después de realizar la acción premiada (sin olvidar que hay que estar en gracia de Dios antes de acabar la acción). 

4.- Rezar por las santas intenciones del Papa un Padrenuestro y un Avemaría, u otras oraciones. Se necesita una oración para cada indulgencia plenaria. 

5.- Comulgar, en ese mismo periodo de tiempo. Se necesita una comunión para cada indulgencia plenaria. 
 

Hay que tener en cuenta también lo siguiente: 

- Sólo se puede ganar una indulgencia plenaria cada día, excepto en caso de muerte. 

- La oración por el Papa y la comunión ha de hacerse el mismo día. 

- Una misma confesión puede servir para ganar varias indulgencias plenarias. 

- Cada indulgencia puede aplicarse a uno mismo o al alma de un difunto, pero no es aplicable a otra persona viva en la tierra. Es decir, puedes sacar un alma del purgatorio dedicándole una indulgencia plenaria.
- Algunas indulgencias sólo pueden aplicarse a los difuntos. Un ejemplo es rezar por ellos en un cementerio, ya que se consigue una indulgencia parcial, que será plenaria si se hace los días 1 al 8 de noviembre (una cada día).

 

A continuación les comparto uno de los varios sitios en internet que use para recopilar la informació de este artículo: 

https://es.catholic.net/op/articulos/59990/cat/10/que-son-las-indulgencias.html

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